La incorporación al código penal español, operativa desde el 1 de julio de 2015, de la denominada «pornografía infantil virtual» ha puesto bajo sospecha legal al manga y el anime como género potencialmente pornográfico. La reforma presentada no sólo castiga la posesión de pornografía infantil sino que persigue el simple visionado por lo que la aplicación de medidas desde las fiscalías y juzgados ha generado cierta confusión con relación al carácter delictivo de los cómics japoneses especialmente si pensamos en subgéneros como lolicon o shotacon.
Rápidamente, la Fiscalía General del Estado ha venido a aclarar conceptos mediante una circular en la que explícitamente se indica que «No deberán los Sres. Fiscales entender incluidos dibujos animados, manga o representaciones similares pues no serían propiamente ‘imágenes realistas’, en tanto no perseguirían ese acercamiento a la realidad».
El núcleo de la cuestión radica en el grado de realismo de las imágenes donde la propia Fiscalía General considera que sólo deben perseguirse imágenes extremadamente realistas es decir, «aquellas que se aproximan en alto grado a la representación gráfica de un auténtico menor, o de sus órganos sexuales».
Evidentemente es un tema complicado y que puede herir ciertas sensibilidades pero al menos desde un punto de vista legal el tema está zanjado.
Pues no, ni carne ni pescado: «¡No pasarán!»
Manga no es más que la denominación de historieta en japonés.
El manga no es un género, sino un medio de comunicación que, por el efectiviwonder Rae copyrightas, sostiene o desarrolla toda una clasificación de géneros, subgéneros y hasta metapuñetas. Que para el caso del mercado de la historieta japonesa puede hacer las delicias de cualquier taxonomista en búsqueda de temáticas descacharrantes, pero la historieta no es un género ni que se le acople a esta palabra otras como narrativo, literario, secuencial, juntapuesto, hemorroico-imaginal… Si quieren señalar un género que digan sukebe, hentai, o cualquier otro, pero no al manga o al anime.
¿Buscamos la definición de cOmic que regala la RAE?
Ni el manga ni el anime son géneros. Lo han vuelto a hacer: «¡Maniáticos, la habéis destruido! ¡Yo os madigo a todos! ¡Maldigo las jergas… ¡os maldigo!»
Cabrea más eso que la noticia y la culpable acalaración churrofiscálica. Y hay, por cierto, un importante libro sobre historieta y legislación publicado recientemente en España.
Ismael, la definición de género en su segunda acepción de la RAE: «Clase o tipo a que pertenecen personas o cosas» o en su quinta «En las artes, cada una de las distintas categorías o clases en que se pueden ordenar las obras según rasgos comunes de forma y de contenido» junto a las otras hacen que manga o anime sea un género entendido como cualquier categoría con rasgos comunes.
Soy Lolicon 100xciento majes